Actualmente, España no tiene una norma única que rija el turismo a nivel estatal. Las comunidades autónomas son las únicas responsables de promulgar las leyes de turismo y, como tales, tienen la competencia para hacer lo mismo con respecto a los alquileres vacacionales. Por ejemplo, los alojamientos turísticos se eximen de cobrar el IVA de alquiler vacacional.
Ahora bien, en los últimos años el sector del alquiler vacacional español avanza a pasos agigantados, con todo lo que este ofrece en cuanto a ventajas e inconvenientes. Por un lado, es importante señalar el aumento de la calidad de la oferta, pero por otro, es imposible ignorar la forma constante en que la barrera de entrada ha ido aumentando.
Las propuestas recientes para modernizar la recaudación del IVA en toda la Unión que vienen desde la Comisión Europea, se centran específicamente en el transporte de pasajeros y la vivienda turística con el objetivo de armonizar la normativa del alquiler vacacional en toda la Unión Europea.
¿Cuál es la propuesta de la Comisión Europea?
La propuesta que la Comisión Europea quiere es que las plataformas que se utilizan para el alquiler vacacional, como el caso de Airbnb o Booking.com, se responsabilicen en cobrar el IVA obligatorio del alquiler vacacional en los casos en los cuales el propietario de la vivienda no lo haga, quizás por su desconocimiento o porque no haya una regulación que le obligue a cobrarlo.
De esta forma se minimizan los trámites que deben de realizar las PYMES en los distintos países comunitarios, y también, que se reduzca la competencia que existe en los alquileres vacacionales, ya que, en muchos casos no se aplica el IVA obligatorio del alquiler vacacional como si se hace en los hoteles u otros establecimientos turísticos.
El beneficio de esta propuesta es que entre ahora y los próximos diez años, todos los estados miembros de la UE aumentarán los impuestos en 6.600 millones de euros. Si se acepta por parte del Parlamento Europeo, esta normativa no será vigente hasta 2025. Además, todos los países necesitarían un tiempo de adaptación por cualquier cambio que tuvieran que hacer.
¿Cómo afectaría a los propietarios?
Las plataformas de alojamientos turísticos, hasta día de hoy, dejan la gestión del IVA del alquiler vacacional a los propietarios. Lo que la nueva normativa europea pretende es obligar a aplicar el impuesto IVA a todas las reservas, que a su vez, deberá de ser también remitido a la Agencia Tributaria.
¿Por qué actualmente no se exigía el cobro del IVA en algunos casos? Los ingresos obtenidos por el alquiler de algunos pisos turísticos se consideran rendimientos del capital, y, sus propietarios no tienen la obligación de cobrar el IVA a sus inquilinos. Si esta nueva ley se lleva a cabo, esta situación cambiaría y los alojamientos turísticos cobrarán el IVA obligatorio en el alquiler vacacional pasando a ser rendimientos procedentes de actividades económicas.
Por lo tanto, con esta explicación queda claro que las plataformas de gestión de alojamientos turísticos tendrían que cobrar un 10% extra a los huéspedes, por dicho cobro de IVA. Este hecho minimizará la competitividad con los hoteles y, en consecuencia, podría suponer la disminución de la oferta en el mercado.
Básicamente, la Comisión Europea pretende disminuir la competencia desleal de los alojamientos con fines turísticos que están gestionados por propietarios que no tienen que cobrar el impuesto del IVA del alquiler vacacional, cuando en los hoteles si lo cobran.
Los propietarios de estos alquileres vacacionales no deben temer a este cambio de ley, ya que, las viviendas turísticas ofrecen servicios y preferencias distintas a los hoteles, y al revés. Por lo tanto, ofrecen alojamiento a distintos grupos de público objetivo y la decisión dependerá de lo que necesite el huésped para su estancia. Lo que si es cierto, es que es posible que haya una disminución de oferta pero, en consecuencia, una subida de profesionalidad y calidad en los alojamientos vacacionales.